Si fuiste madre o padre entre finales del 2013 y el 2017 y cobraste por ello la correspondiente prestación de maternidad o paternidad, entonces puedes solicitar a la Agencia Tributaria que te devuelva el importe de IRPF que se aplicó a esa prestación indebidamente. Desde el día 5 de diciembre
El 2 de marzo del 2017 el Tribunal Económico Administrativo Central (TEAC) ha resuelto que no está exenta en la renta la prestación de maternidad recibida del INSS. Todo empezó cuando en julio del 2016 el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Madrid dictó una sentencia que declaraba exenta la
Una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, ha declarado que la prestación por maternidad que abona la Seguridad Social esta exenta del IRPF. El TSJM declara que la prestación que abona la S.S. por maternidad, no tributa por IRPF y obliga a Hacienda a devolver las cantidades indebidamente
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