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El Baremo:

Cuantías de indemnizaciones por muerte, lesiones permanentes e incapacidad temporal para valoración de los daños y perjuicios causados a las personas en accidentes de circulación

El objetivo del Baremo y de las tablas que en el mismo se incluyen, es sentar las bases para dar una cobertura económica por muerte, lesiones permanentes e incapacidad temporal a aquellas personas que hayan sido víctimas de accidentes de circulación

Al inicio de su implantación en España, hace ya más de 10 años, el sistema era considerado por muchos como «impersonal» y «poco justo» y fue objeto de muchas críticas; con el paso de los años se ha llegado al actual sistema, aceptado por casi la práctica totalidad de operadores jurídicos relacionados con la reclamación del daño personal, siendo considerado como un instrumento de justicia para las víctimas, en tanto que aporta seguridad jurídica, certeza y objetividad en la indemnización del daño; así como por otro lado se le otorga un cierto carácter preventivo, en cuanto que permite identificar de una manera casi automática los efectos económicos de determinadas conductas reprochables

El texto refundido de la Ley sobre Responsabilidad Civil y Seguro en la Circulación de Vehículos a Motor,establece que anualmente, con efectos de primero de enero de cada año, deberán actualizarse las cuantías indemnizatorias que se recogen en el sistema para la valoración de los daños y perjuicios causados a las personas en accidentes de circulación y, en su defecto, quedarán automáticamente actualizadas en el porcentaje del índice general de precios al consumo correspondiente al año natural inmediatamente anterior.
En este último supuesto, y con la finalidad de facilitar el conocimiento y aplicación del sistema, la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones debe dar publicidad a las cuantías resultantes.

Por ello, cada año se publica un nuevo «Baremo Actualizado»; o bien porque han sido actualizadas determinadas valoraciones y modificados ó incluídos conceptos indemnizables, o bien por la simple actualización de dichas cuantías al IPC del año siguiente.

El pasado 1 de enero de 2016, con motivo de la Ley 35/2015, de 22 de septiembre, se empezó a aplicar un nuevo sistema para la valoración de los daños y perjuicios causados a las personas en accidentes de circulación. Esta reforma a supuesto importantes cambios respecto al sistema anterior con el objetivo de conseguir que las indemnizaciones sean más acordes a la situación de la víctima, incorporando en el cálculo las circunstancias personales, familiares, laborales o profesionales de las víctimas y perjudicados, intentando compensar a la víctima para situarla en una posición lo más parecida posible a la que tendría de no haberse producido el accidente.

En el baremo 2016 se habla distingue tres tipos de indemnizaciones:

1.- Indemnización por causa de muerte.
2.- Indemnización por secuelas.
3.- Indemnización por lesiones temporales.

En todo caso es importante tener en cuenta que la cuantía de las partidas resarcitorias, será la correspondiente a los importes del sistema de valoración vigente a la fecha del accidente, con la actualización correspondiente al año en que se determine el importe por acuerdo extrajudicial o resolución judicial.

Tria4 Abogados, pone a su disposición para su consulta (en formato PDF y con posibilidad de descarga), el «NUEVO BAREMO 2016» publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE) el 23 de septiembre de 2015:

Baremo de Cuantías de Indemnizacion año 2008 (BOE 23/09/15)Descargar.


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RESPONSABLE DEL ÁREA DE ACCIDENTES DE TRÁFICO
Elia Lorente Veliz
Abogada especialista en Accidentes de Tráfico

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