Pide ya tu devolución a Hacienda de tu prestación de maternidad o paternidad.
Si fuiste madre o padre entre finales del 2013 y el 2017 y cobraste por ello la correspondiente prestación de maternidad o paternidad, entonces puedes solicitar a la Agencia Tributaria que te devuelva el importe de IRPF que se aplicó a esa prestación indebidamente. Desde el día 5 de diciembre 2018, los padres y madres que percibieron la prestación durante los años 2014 y 2015 podrán presentar su reclamación telemáticamente o de forma presencial y, aquellos que la percibieron en el 2016 o 2017 sólo tendrán que esperar a enero de 2019 para poder hacerlo. Hacienda prevé que en abril se habrán devuelto la totalidad de las devoluciones solicitadas.
Si has percibido la prestación de paternidad o maternidad en el año 2018, la deducción en el IRPF se te aplicará directamente cuando realices tu declaración el próximo año; pero si la percibiste antes del 2014, no tendrás derecho a su devolución, pues el plazo tributariamente ya habrá prescrito.
Ten en cuenta que si realizaste la declaración de IRPF del ejercicio en el que percibiste la prestación, y ésta salió positiva (teniendo que pagar a Hacienda) se te aplicará a esa devolución los intereses de demora, pero no se te aplicarán si salió negativa (a cobrar.)
Si crees que el procedimiento te va a resultar algo complejo, o prefieres que un profesional se encargue de ello, desde TRIA4 te podemos ayudar.