Nueva Ley de Autónomos

Nueva Ley de Autónomos

La nueva Ley de Autónomos, largamente debatida, por fin ve la luz. Aunque alguna de sus medidas no entrarán en vigor hasta el 01 de enero 2018 desde Tria4 queremos contaros en que consisten alguno de los cambios más importantes:

  • Para emprendedores

    – Se amplía la tarifa plana de 50 euros a un año para los nuevos autónomos o aquellos que no lo fueron en los dos últimos años. También se aplicarán mejoras para los emprendedores con discapacidad.

    – Los que vuelvan a reemprender, podrán optar de nuevo a esta tarifa pasados tres años desde que la disfrutaron.

    – Las bonificaciones de la tarifa plana se extienden hasta los 24 meses. Los primeros 12 meses de actividad, se pagarán esos 50 euros mensuales, mientras que en los seis siguientes la cuota mensual tiene una bonificación del 50% y en los seis siguientes, del 30%.

  •  

    Medidas fiscales

    – Se reducen los recargos si se paga tarde a la Seguridad Social. En primer mes, el recargo es del 10%, frente al 20% actual.

    – Son deducibles en el IRPF un 30% de los gastos de suministros (agua, luz, telefonía…), siempre que se trabaje desde casa. Pero ojo este porcentaje será sobre el porcentaje de los metros destinados a trabajar dentro de la vivienda sobre el total de metros. (entrará en vigor el 01/01/2018)

    – Son deducibles en el IRPF 26,67 euros diarios por gasto en comida, cuando afecta directamente a la actividad en España. Si es en el extranjero, el importe a deducir se eleva a 48 euros. Pero ojo, se deben pagar con medios electrónicos, no en efectivo. (entrará en vigor el 01/01/2018)

  • Medidas sobre las cotizaciones a la Seguridad Social

    – La cuota se pagará desde el día efectivo de las altas o las bajas en el Régimen Especial (RETA) y no todo el mes como hasta ahora. Actualmente, y aunque el trabajador se diera de alta en el sistema el día 28 de un mes, debía abonar el mes completo.

    – Se permiten tres altas y tres bajas en el mismo año y cambiar hasta cuatro veces al año la base de la cotización, en función de los ingresos.

    – Se devolverá el exceso de cotización de los trabajadores con pluriactividad sin necesidad de que la soliciten.

    – El autónomo podrá cobrar el 100% de la pensión y seguir trabajando si tienen al menos un trabajador a su cargo.

    – La cuota de los autónomos ya no subirá automáticamente según se incremente el Salario Mínimo Interprofesional (SMI). A partir de ahora dependerá de lo que se determine en los Presupuestos Generales del Estado (PGE), tras negociarlo con las asociaciones de autónomos más importantes.

  • Medidas sobre la contratación

    – Se facilita la contratación a los hijos discapacitados de los autónomos.

    – La contratación indefinida por parte del trabajador autónomo como trabajadores por cuenta ajena de su cónyuge, ascendientes, descendientes y demás parientes por consanguinidad o afinidad, hasta el segundo grado inclusive, se bonifica las contingencias comunes el 100% un período de 12 meses. Para poder acogerse a esta bonificación será necesario que el trabajador autónomo no hubiera extinguido contratos de trabajo y mantener el contrato al menos seis meses.

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