La cuota de autónomo sube.

La cuota de autónomo sube.

La Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2018, aprobada recientemente, establece las bases de cotización aplicables a los autónomos a partir de agosto 2018.

La mínima será 932,70€ y la máxima 3.803,70€. La cuota se calcula aplicando un porcentaje a la base de cotización. Ese porcentaje va a variar en función de los tipos de cotización ( contingencias comunes, profesionales y cese de actividad), en función de si eres un autónomo societario o no, si trabajas ademas en el régimen general (pluriactividad), o en función de la edad.

Con contingencias comunes sin accidentes de trabajo (AT) ni enfermedad profesional (EP): mínima 932,70€*29,90%=278,88€ y máxima 3.803,70€*29,90%=1.137,31€.

Con contingencias comunes en situación de pluriactividad sin IT: mínima 932,70*26,60%=248,10€ y máxima 3.803,70€*26,60%=1.011,78€

Con contingencias comunes con AT y EP: mínima 932,70€*(29,30%+1%)=282,61€ y máxima 3.803,70€*(29,30%+7,5%)=1.386,45€

Con contingencias comunes y cese de actividad: mínima 932,70€*(29,30%+2,2%)=293,80€ y máxima 3.803,70€*(29,30%+2,2%)=1.198,17€

Con contingencias comunes + AT y EP y cese de actividad: mínima 932,70€*(29,30%+1%+2,2%)=303,13€ y máxima 3.803,70€*(29,30%+7,5%+2,2%)=1.140,13€

Autónomos societarios: mínima 1.199,10€*29,90%=358,53€ y máxima 3.803,70€*29,90%=1.137,31€

Autónomos mayores de 47 años: mínima 1.005,90€*29,90%=300,76€ y máxima 2.052,00€*29,90%=613,55€

 

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