Entrevista de trabajo. ¿Cuál es el límite de las preguntas formuladas a los candidatos?

Entrevista de trabajo. ¿Cuál es el límite de las preguntas formuladas a los candidatos?

Se acerca la Navidad y con ella el aumento de las compras y de las contrataciones temporales. De acuerdo con la información de diversas compañías de recursos humanos con alcance internacional, la campaña de Navidad de este año generará 453.260 contratos en España, lo que supone un aumento de 5% respecto al año 2018.

Miles de candidatos se enfrentarán a una entrevista de trabajo, en la que se les formularán cuestiones de todo tipo por parte del empleador. Sin embargo, ¿sabías que alguna de estas preguntas, pueden conllevar sanciones de hasta más de 6.000€?

La Ley sobre infracciones y sanciones en el orden social, tipifica en su artículo 8.12 como infracción muy grave solicitar cierta información en una entrevista de trabajo.

El uso de preguntas como, ¿qué religión profesas? ¿con qué partido político te sientes identificado? ¿Qué opinas de la aplicación del artículo 155 de la CE en Cataluña? ¿cuál es tu origen racial? ¿Tiene previsto quedarse embarazada a corto o a medio plazo? ¿tienes algún tipo de discapacidad? pueden acarrear graves consecuencias económicas al empleador ya que se consideran discriminatorias y contrarias al artículo 14 de la Constitución Española que establece el derecho de igualdad y de no discriminación.

No obstante, cuidado, porque este tipo de cuestiones a veces pueden estar justificadas. Por ejemplo, una empresa que contrate vigilantes de seguridad puede preguntar al candidato si tiene algún tipo de discapacidad, pero no con el objetivo de discriminar, sino porque es imprescindible para desempeñar la labor en el puesto de trabajo.

Para finalizar, realizamos un par de sugerencias a dos cuestiones clásicas que suelen surgir:

¿Qué hacer si te realizan este tipo de cuestiones? Si no quieres contestar, lo más aconsejable sería responder de forma neutral o dar un rodeo y no contestarla, intentando cambiar de tema. Si el entrevistador insiste, alegar que tienes derecho a no responder, aunque lamentablemente suela suponer la inmediata salida del proceso de selección.

¿Cómo probar esta situación? Denunciar estas situaciones no es sencillo. La principal prueba de esta conducta ilegal se puede obtener a través de una grabación de la propia entrevista. Grabación que es jurídicamente válida, habida cuenta de que es una conversación propia en la que participa el entrevistado y el entrevistador, sin embargo, no puede hacerse pública ni difundirse, teniéndose que emplear únicamente para ponerla en conocimiento de la autoridad competente.

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