El Tribunal Supremo declara exentas las prestaciones de maternidad

El Tribunal Supremo declara exentas las prestaciones de maternidad

El 3 de octubre 2018 el Tribunal Supremo, en adelante TS, dictó sentencia 1462/2018 en la que declara exentas de la Renta las prestaciones públicas por maternidad percibidas de la Seguridad Social. Esto conlleva las siguientes consecuencias:

  • Las madres trabajadoras que actualmente estén de baja por maternidad, en la nomina de octubre que cobren de la Seguridad Social ya no figurará retención alguna si es que las madres decidieron que su prestación tuviera alguna retención.
  • Los ejercicios no prescritos, es decir, del 2014 incluido en adelante podrán ser objeto de revisión por parte de las madres que recibieron prestación de maternidad y que la declararon como rendimiento del trabajo, solicitando la rectificación de su declaración de renta correspondiente. Si las rentas fueron obtenidas en más de 1 año habrá que presentar una solicitud de rectificación por cada año. Tria4 recomienda esperar a que durante los próximos días la Agencia Tributaria implante una herramienta informática que agilice los trámites y las devoluciones. Hay tiempo pues el ejercicio 2014 no prescribe hasta el 30 de junio de 2019.
  • En el caso de que algunas madres hayan recurrido contra la Agencia tributaria con anterioridad a la fecha de la sentencia del TS y estos recursos hayan sido desestimados pueden pasar dos supuestos: que el recurso se encuentre todavía pendiente de una resolución firme en cuyo caso será la propia agencia Tributaria quién contestará teniendo en cuenta la sentencia del TS con muchas posibilidades de que se estime o que el recurso desestimado haya adquirido firmeza en cuyo caso no será susceptible de revisión y no se devolverá cantidad alguna.
  • También se podrán acoger a esta sentencia del TS los padres que hayan percibido dichas prestaciones siempre y cuando hayan disfrutado del periodo cedido por la madre, en cuyo caso la prestación se considera de paternidad.

Si te encuentras en alguno de estos casos y tienes dudas, Tria4 siempre te podrá asesorar sobre tu caso concreto y darte la mejor solución, haciéndote una simulación de la cantidad a devolver siempre que contemos con la renta y los datos fiscales del ejercicio objeto del cobro de la prestación.

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